18 de septiembre de 2008

La 'doctrina Parot' y Pedro Luis Gallego


Recuerdo perfectamente los crímenes de Pedro Luis Gallego, el violador del ascensor. Fue una época dura, en la que casi todos los meses los reporteros de sucesos teníamos que cubrir terribles asesinatos de jóvenes o de niñas cometidos, en algunos casos, por presos de permiso. Fue la época de los crímenes de Olga Sangrador, Laura Domingo Alonso, Leticia Lebrato y Marta Obregón, éstos dos últimos cometidos por Pedro Luis Gallego. Luego llegaron los asesinatos de Alcácer, para poner un horrible broche a una época terrible. Gallego ya había pasado por prisión y era un psicópata de manual. En el año que pasó en libertad cometió dieciocho violaciones y mató a dos jóvenes. Fue detenido, juzgado y condenado a 328 años de prisión, una condena que parece suficiente para sus crímenes.
Sin embargo, como todos los psicópatas de su clase, ha tenido un ejemplar comportamiento en los centros penitenciarios por los que ha pasado, lo que le facilitó, por el hecho de ser condenado por el antiguo Código Penal, extraordinarias redenciones de pena. Tenía previsto salir de la cárcel el próximo mes de diciembre, tras pasar 16 años entre rejas. Esos 16 años eran todo un insulto a la memoria de sus víctimas.
Sólo la presión social y la alarma han logrado que la Sala Penal de la Audiencia de Burgos haya decidido aplicar la doctrina Parot a este criminal. Es decir, la redención se aplicará a cada una de sus penas y no al total de la condena, lo que posibilitará que Gallego no estará en libertad hasta el año 2022. Bienvenida sea la mal llamada doctrina Parot, que debía pasar a ser conocida, simplemente, como sentido común y respeto a las víctimas.

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